Value and Risk Rating S.A. empleará la siguiente escala para la calificación de la capacidad de pago de las instituciones financieras y emisión de deuda de corto plazo (inferior a un año).
GRADOS DE INVERSIÓN
Nivel alto
VrR 1 Indica que la institución financiera cuenta con la más alta capacidad para el pago de sus obligaciones, en los términos y plazos pactados, dados sus niveles de liquidez.
Nivel bueno
VrR 2 Indica que la institución financiera cuenta con una buena capacidad para el pago de sus obligaciones, en los términos y plazos pactados. Sin embargo, esta capacidad es inferior en comparación con instituciones o emisiones calificadas en mejor categoría, por lo que puede ser susceptible a deteriorarse ante acontecimientos adversos.
Nivel satisfactorio
VrR 3 Indica que la institución financiera cuenta con una suficiente capacidad para el pago de sus obligaciones, en los términos y plazos pactados. No obstante, los factores de riesgo son mayores, lo que la hacen más vulnerable a los acontecimientos adversos que aquellas calificadas en mejores categorías. Es la categoría más baja del grado de inversión.
GRADO DE ALTO RIESGO
Corresponde a categorías de alto riesgo o especulativas, en las que no existe certeza de la capacidad de pago de corto plazo.
VrR 4 Indica que la institución financiera cuenta con una débil capacidad para el pago de sus obligaciones, en los términos y plazos pactados, por lo que existe un nivel de incertidumbre que podría afectar dicho cumplimiento. No obstante, puede ser menos vulnerable a acontecimientos adversos que aquellas calificadas en menores categorías.
Nivel de incumplimiento
VrR 5 Indica que la institución financiera o las emisiones se encuentran en incumplimiento en algún pago de sus obligaciones.
Nivel sin suficiente información
VrR 6 Sin suficiente información para calificar.
Adicionalmente, para las categorías de riesgo entre VrR 1 y VrR 3, Value and Risk Rating S.A. utilizará la nomenclatura (+) y (-) para otorgar una mayor graduación del riesgo relativo.
Asimismo, las instituciones financieras o títulos de deuda podrán contar con calificación de corto plazo a escala global o internacional, para lo cual la calificación estará precedida de la letra i.